Consideramos que la función de la Comisión Revisora de Cuentas no se limita a la revisión de la situación contable (cotejo de ingresos versus egresos), sino que debe operar al modo de una contraloría interna, es decir, debe fiscalizar que el Administrador y el Comité de Administración cumplan con:
. Presentar, especialmente para trabajos mayores, al menos TRES PRESUPUESTOS.
. Verificar la coherencia de los presupuestos (calidad de materiales, su valor y costo por metro cuadrado, valor mano de obra, garantía, formas de pago, etc.)
. Verificar la acreditación de todos los egresos con documentación a la vista.
. Fiscalizar la realización de informes y balances que el Administrador debe rendir ante la Asamblea de co-propietarios.
. Presentar a la Asamblea de Co-propietarios un informe escrito sobre las finanzas de la Comunidad (gasto común recaudado por torre y recaudación global, egresos por torre y espacios comunes, ingresos por multas, ingresos fondos de reserva, ingreso y egresos fondo de indemnización, ingreso salas de eventos, etc.).
Equipo de trabajo:
Paulina Sandoval
José Ancamil
Alexis Muñoz